martes, 15 de julio de 2008

AGUA DERECHO DENUNCIA QUE NUEVA LEY FORESTAL PERUANA AMENAZA EL VALOR AGUA-BOSQUE.

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15 de Julio del 2008

EDITORIAL DEL GRUPO "AGUA DERECHO HUMANO":

"AGUA DERECHO HUMANO" DENUNCIA QUE NUEVA LEY FORESTAL PERUANA AMENAZA EL VALOR AGUA-BOSQUE.

"AGUA DERECHO HUMANO" en vista que los andinos, los amazonenses y la Ciudad de Lima consume diariamente agua amazonica, denuncia que el Decreto Legislativo 1090 denominado "Ley Forestal y de Fauna Silvestre"promulgado el 28 de junio debilita la institucionalidad forestal, reduce los mecanismos de control de la tala ilegal, reduce a su minima expresión la esencia del manejo forestal y elimina la participación de la sociedad civil en la gestión forestal.

"AGUA DERECHO HUMANO" aclara que el cuestionado Decreto Legislativo 1090 introduce contrabandos mafiosos que colisionan con el anexo forestal del TLC con EEUU. Una consecuencia es que afectaria a los otros sectores productivos(textiles, agroindustrias, mineria.etc) porque pueden tener repercusiones económicas en contra de las expectativas de parte de los EEUU.

"AGUA DERECHO HUMANO" señala que el Decreto Legislativo 1090 afecta al Patrimonio Forestal pues saca de sus tierras cuya aptitud forestal es de producción y a las plantaciones forestales, dejando a las tierras forestales bajo el tratamiento normativo del regimen agrario lo que favorece su privatización y cambio de uso. A ello, se asocia el hecho de que el DL 1015 unifica el tratamiento de las tierras de las comunidades campesinas y nativas de la sierra y de la selva con las de la costa con el argumento de mejorar la producción y competitividad agropecuaria.Esto contraviene el Convenio 169 de la OIT que protege las tierras de las comunidades nativas.Asimismo contradice el art. 66 de la Constitución pues no hace distinción del Patrimonio Forestal entre los bosques de producción y los de protección.

"AGUA DERECHO HUMANO" alerta que el Decreto Legislativo 1090 plantea una nueva modalidad de acceso denominada CONCESION por iniciativa privada que implica la adjudicación directa de superficies, sin especificar cifras, para el aprovechamiento de los recursos forestales. Esta modalidad introduce la discrecionalidad de los funcionarios pues no se somete a los mismos mecanismos de transparencia que las concesiones forestales y termina por afectar en su ausencia al sistema de ordenamiento forestal basado en concesiones.

"AGUA DERECHO HUMANO" acota que el Decreto Legislativo 1090 pone en peligro el proceso de descentralización forestal pues mediante esta norma se menciona que el Ministerio de Agricultura es la única autoridad nacional forestal, por tanto conduce, planifica y coordina y aprueba la politica nacional para el control y administración forestal y fauna silvestre aplicables a todos los niveles de gobierno.

"AGUA DERECHO HUMANO" considera, luego de leer el anexo forestal del TLC con EEUU que se ha vulnerado el titulo 3.h(i) que estipula que se debe tener en cuenta las opiniones de las comunidades locales e indigenas, organizaciones no gubernamentales y el sector privado, incluyendo a los operadores de las concesiones para la extracción forestal de madera.

"AGUA DERECHO HUMANO" reitera es urgente que el Congreso de la Republica derogue la precitada norma ilegal e ilegitima, al desconocer la importancia de la participación del publico y la transparencia en la toma de decisiones relativas a la planificación y manejo de los recursos forestales. El anexo forestal del TLC con EEUU en su titulo 3.a(ii) estipula el compromiso de implementar un plan anticorrupcion para los funcionarios a cargo de administrar y controlar los recursos forestales.

"AGUA DERECHO HUMANO" considera el valor agua-bosque está amenazado al permitir el caos forestal, en vista de que los bosques tienden a aumentar la filtración y retención del suelo causando recarga de aguas subterraneas y reduciendo el derrame, y utilizan agua en la evapo-transpiración, por otro tanto, reducen la recarga de agua subterranea. Existe un lazo fuerte entre la deforestación, el aumento del agua y mayores flujos durante la epoca de sequia.

"AGUA DERECHO HUMANO" entiende que en el caso de los bosques nubosos, la comprobación sugiere que el aumento de agua se produce al intervenir las nubes (deposición de niebla sobre la vegetación) como compensación provocando altos valores de evapo-transpiración en forma de flujos de agua durante la epoca de sequia. Cuando la deforestación se relaciona con una gran compactación de suelo, entonces el derrame puede aumentar más que en los casos de evapo-transpiración y reflejar asi una baja en los niveles de agua.


CARLOS FRANCO PACHECO
Director
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